CIRCULAR Nro 34 INTERVENCIÓN DPPJ – ACREDITACIÓN DE LISTAS ELECTORALES

Compartimos la Circular Nro 34 del Interventor de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas Dr. Darío Allende Cerdá a los clubes afiliados: ACREDITACIÓN DE LISTAS ELECTORALES

La Plata, 7 de noviembre de 2022.

CIRCULAR N° 34 INTERVENCION DPPJ

ACREDITACIÓN DE LISTAS ELECTORALES – ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA NORMALIZADORA

En el marco de las funciones que vienen desarrollando, la intervención a cargo de la “LIGA AMATEURS PLATENSE DE FOOT BALL” se informa a todos los candidatos que conforman listas electorales, para cubrir los cargos de Presidente y Vicepresidente en la Asamblea General Ordinaria que se celebrara en fecha 14 de noviembre del corriente, que deberán acreditar la representación de algún club participantes del mentado acto electivo.

La presente circular se encuentra motivada en el artículo 5.3.1. del Decreto-Ley Nº 8671/76 (Ley Orgánica de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas).

La acreditación se pondrá realizar hasta el día 8 de noviembre del corriente a las 21 horas, y tendrá carácter preclusivo y fatal.

Por otra parte, se recuerda que el plazo de observaciones e impugnación a las listas de candidatos será hasta las 21 hs. del día 09/11/2022 inclusive, en la sede social, y la promulgación de las listas será el día 11/11/2022 mediante una circular de esta intervención.

Se reitera nuevamente que la Asamblea General Ordinaria Normalizadora que tendrá lugar el día 14 de noviembre del corriente, sesionará válidamente con la asistencia de más de la mitad de sus miembros habilitados, en primera convocatoria o, los miembros presentes en segunda convocatoria por imperio del Art. 23 del Estatuto Social

Finalmente y, como fue señalado en comunicados previos de esta intervención, se informa que los participantes a la asamblea serán única y exclusivamente aquellos que fueron oportunamente designados mediante las autorizaciones y/o poderes que se presentaron hasta la fecha 28/10/2022 y, cualquier modificación motivada por caso fortuito o fuerza mayor deberán ser oportunamente comunicadas a esta intervención para su evaluación, dado que únicamente se permitirá el ingreso de aquellos asambleistas autorizados y ninguna otra persona.

Atte.-

Dr. Darío Allende Cerdá

Interventor DPPJ Res. N° 34/2022