#TribunalDisciplina H. TRIBUNAL DE DISCIPLINA – RESOLUCIONES 18-05-23

La Plata, 18 de mayo de 2023.-

AUTOS Y VISTOS:  Atento a lo solicitado oportunamente por el club ESTRELLA DE BERISSO,  en cuanto a la reducción de las sanciones impuestas  a los jugadores MONZON MATEO, PERALTA LORENZO, e IBARRA JULIAN, conforme boletín oficial nº 6 del presente TORNEO APERTURA, en el marco del encuentro disputado contra su par de NUEVA ALIANZA (categoría 5ta división),  cabe señalar que el presente TRIBUNAL, no encuentra mérito para apartarse del informe arbitral respectivo, motivo por el cual corresponde desestimar la petición en vista, ello sin perjuicio de lo normado por el art. 220 del RTP. Lo que así se decide.


NOTIFÌQUES Y PUBLIQUESE EN LA FORMA DE ESTILO.

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AUTOS Y VISTOS:  Frente a la protesta formulada por el club C.U.B  por la indebida inclusión del jugador  perteneciente al club POLIDEPORTIVO GONNET  (GIL MARTIN DNI  Nº 44414645) en  el partido llevado a cabo en divisional PRIMERA  con fecha 29/4/23 y el responde formulado por el club interesado, el TRIBUNAL DE DISCIPLINA, RESUELVE: A mérito de los registros obrantes en la sede de la LAP, se desprende que el jugador referenciado se ha fichado a los fines de ser habilitado para participar en el presente TORNEO APERTURA, el día  12/5/23, motivo por el cual a la fecha de disputa del encuentro objeto de reclamo, se encontraba inhabilitado para integrar la planilla respectiva.

En ese orden de ideas, corresponde sin más admitir la protesta interpuesta por el club C.U.B, y dar por finalizados el encuentro disputado con fecha 29/4/23 por los clubes de C.U.B y POLIDEPORTIVO GONNET (3RA FECHA 1RA DIVISION) con el resultado de 1 a 0 a favor del club C.U.B. Lo que así se decide.

PUBLÌQUESE Y NOTIFIQUESE EN LA FORMA DE ESTILO.

AUTOS Y VISTOS:  Que se encuentra en estado de expedir resolución definitiva en el marco de lo acontecido durante el encuentro disputado entre los clubes de LAS MALVINAS y su par de LA PLATA FC,  el dìa  30 de abril de 2023  en la categoría Primera División, Divisional A en el estadio de Las Malvinas, y:

CONSIDERANDO: Que evacuadas las vistas conferidas  conforme lo dictaminado oportunamente por el TRIBUNAL y del que da cuenta el  boletín oficial de fecha 2/5723, el presente TRIBUNAL DE DISCIPLINA RESUELVE:

1)  Decretar la suspensión del estadio del club LAS MALVINAS, por el término de cuatro fechas a los fines de la disputa exclusivamente de la categoría mayores (3ra, 4ta, senior, 1ra división) masculino y femenino.

2) Aplicar a dicha institución la pena de 50 entradas por el período de dos fechas (arg. arts. 32, 33, 80, 81, 287 y cctes. del RTP).

3) Dar por finalizado el encuentro disputado por los clubes referenciados con el resultado de LAS MALVINAS 2 LA PLATA FC. 1

4) Hágase saber a las autoridades de la Liga Amateur Platense el presente fallo;

PUBLÌQUESE Y NOTIFIQUESE EN LA FORMA DE ESTILO.       


AUTOS Y VISTOS: Que se encuentra en estado de resolver la vista conferida al club SAN CARLOS mediante publicación del boletín oficial de fecha 2 de Mayo del corriente, ello habida cuenta los hechos sucedidos durante el encuentro disputado el día 30 de abril de 2023 entre los clubes San Carlos 156 y Nueve de Julio en la categoría Senior en el estadio del Club San Carlos 156.

Y en ese orden, el presente TRIBUNAL resuelve:

1) En virtud a lo normado por los arts. 32, 33, 154, 183, 184, 185, 186, 205, 260 y cctes. del RTP, sancionar por el término de 10 fechas al Sr. Cabrera Daniel (DNI 34.708.268), por el término de 1 año al Sr. Pasterino Emanuel (DNI 33.337.020), por el plazo de 2 fechas al Sr.  Ibañez Raúl (DNI 23.869.621 integrantes del club SAN CARLOS 156.

2) Sancionar al SR. Sánchez Ezequiel (DNI 33.209.215) DT de la cuarta división del Club San Carlos 156, por el término de 2 fechas.

3) Sancionar por el plazo de 4 fechas al jugador del club 9 de JULIO categoría Senior Sr.  GONZALEZ EZEQUIEL DNI Nº 32.869.152.

LO QUE ASÌ SE DECIDE.

PUBLÌQUESE Y NOTIFIQUESE EN LA FORMA DE ESTILO.

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AUTOS Y VISTOS: No habiendo sido contestada la vista conferida al Sr. AQUIN ALDO DNI Nº 14845696 en su carácter de DIRECTOR TENICO del equipo de la CUARTA DIVISION del club VILLA ARGUELLO, con motivo de la suspensión provisional decretada conforme boletín oficial de fecha 3/5723, désele al requerido por perdido el derecho que ha dejado de usar.

En consecuencia, el presente TRIBUNAL DE DISCIPLINA RESUELVE:
1) SUSPENDER al Sr. Aquin Aldo dni nº 14.845.696 por el término de 6 fechas, ello conforme lo normado por los arts. 260, 184, 186 y cctes. del RTP.

2) Hágase saber al interesado que deberá concurrir a la sede de la LAP, a los fines de hacer entrega de la credencial correspondiente.

PUBLIQUESE Y NOTIFIQUESE EN LA FORMA DE ESTILO.

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