H. TRIBUNAL DE DISCIPLINA – RESOLUCIÓN ALUMNI LOS HORNOS 8VA DIVISION

Share on facebook
Share on twitter
Share on whatsapp

H. TRIBUNAL DE DISCIPLINA

La Plata, 14 de septiembre de 2023.-

VISTO

El partido disputado el día 6 de septiembre de 2023 entre los clubes ASOCIACIÓN NUEVA ALIANZA y ALUMNI DE LOS HORNOS en la categoría OCTAVA DIVISIÓN en el estadio del Club Asociación Nueva Alianza, y,

CONSIDERANDO

Que, según obra en el informe arbitral del partido mencionado, el mismo fue suspendido por el árbitro designado a los 28´del ST con el resultado parcial 2-0 a favor del club ASOCIACIÓN NUEVA ALIANZA.

Que, asimismo, de dicho informe surge el incorrecto actuar del representante del club ALUMNI DE LOS HORNOS, identificado como Sr. García Oscar DNI 28.273.694.

Que la conducta descripta en el informe arbitral configura una grave transgresión tanto al Reglamento de Transgresiones y Penas como al Reglamento General por el que se rigen las competiciones futbolísticas dentro de la Liga Amateur Platense de Fútbol.

Que, asimismo, el aludido Reglamento de Transgresiones y Penas ordena el marco reglamentario sobre el cual debe tramitarse todo sumario originado dentro de su ámbito, surgiendo de allí la responsabilidad objetiva sobre los hechos narrados por parte del Club ALUMNI DE LOS HORNOS, ello en aplicación de sus artículos 32, 33 y concordantes.

Por ello,

EL H. TRIBUNAL DE DISCIPLINA

RESUELVE

  1. Dar traslado al club ALUMNI DE LOS HORNOS por el término de cinco (5) días corridos, del informe arbitral del partido disputado en el día 6 de septiembre de 2023 frente al club Asociación Nueva Alianza en la categoría octava a efectos de que se manifieste al efecto (arts. 7, 8, 10 y 12 RTP).
  2. Hacer saber al club sumariado que deberá indicar un mail institucional donde remitir el informe mencionado.
  3. Dar por finalizado el encuentro con el resultado 2-0 a favor del club Asociación Nueva Alianza (Art. 106.G RTP).
  4. Suspender provisoriamente al Sr. García Oscar (DNI 28.273.694), el cual no podrá ejercer ninguna actividad, rol, tarea o función con asuntos referentes a la actividad futbolística dentro del marco de la Liga Amateur Platense hasta tanto no se expida este Tribunal (art. 253 RTP).
  5. Hacer saber al club ALUMNI DE LOS HORNOS de la responsabilidad que recae sobre la sanción provisoria aplicada y de lo normado en el artículo 254 RTP.

PUBLIQUESE Y NOTIFIQUESE EN LA FORMA DE ESTILO.

Liga Amateur Platense de Fútbol

Afiliada al Consejo Federal del Fútbol Argentino