POR EL PRESENTE, HÁGASE SABER A LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE Y EN VIRTUD DE LA AUDIENCIA LLEVADA A CABO CON EL CLUB CRIBA, QUE LA SANCIÓN (MULTA ECONÓMICA) IMPUESTA A DICHA INSTITUCIÓN Y A QUE HACE MENCIÓN EL ANEXO DEL BOLETIN 33 DEL AÑO 2023, SE DEJA SIN EFECTO.
LO QUE ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE Y NOTIFIQUESE EN LA FORMA DE ESTILO. (ARG. ARTS. 32, 33 Y CCTES. DEL RTP).